Calcule la retribución mínima conjunta que deben percibir los socios profesionales de su empresa y el impacto fiscal correspondiente.
Recuerde que las retribuciones individuales de cada socio profesional deberán ser superiores a 1,5 veces la media de las retribuciones que la empresa satisfaga a otros empleados que realicen sus mismas funciones o, en defecto de éstos, deberán ser superiores a cinco veces el IPREM anual.
Hacienda mira esto de cerca, ¿estás cumpliendo con los márgenes legales? Auditamos tu estructura de retribución para que no te regularicen.
Esta herramienta es meramente informativa y no constituye asesoramiento fiscal, contable, laboral ni jurídico de ningún tipo. Los resultados obtenidos son orientativos y no sustituyen el criterio de un profesional cualificado. Para un asesoramiento profesional adaptado a su situación particular, no dude en contactar con nosotros.