El IRSST de la Comunidad de Madrid ha abierto la convocatoria 2026 de ayudas para reducir la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Si tienes previsto invertir en PRL este año, o ya lo has hecho, puede corresponderte una subvención de hasta 30.000€. Y hay buenas noticias: el plazo, que inicialmente cerraba el 30 de septiembre, se ha ampliado hasta el 15 de octubre de 2026.
Te contamos qué gastos son subvencionables, cómo y cuándo solicitar esta ayuda.
LÍNEAS SUBVENCIONABLES
— Línea 1: Gastos para la mejora de las condiciones de trabajo relacionadas con la Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
— Línea 3: Gastos en materia de Seguridad Vial Laboral.
— Línea 5: Gastos para la realización de actuaciones en I + D + i en Prevención de Riesgos Laborales.
— Línea 6: Gastos para la promoción de la Salud en el Trabajo
Aquí puedes consultar el BOCM con la convocatoria 2026 para cada línea: Línea 1 · Línea 3 · Línea 5 · Línea 6

CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Las ayudas se instrumentarán en forma de subvenciones en base a porcentajes aplicables al gasto subvencionable realizado según los tramos siguientes:
a) El tramo del total de los gastos acreditados, desde 1.000 hasta 10.000 euros: Subvención del 100%.
b) El tramo del total de los gastos acreditados superior a 10.000 euros: Subvención del 60%.
Se establecen los siguientes importes máximos:
— El máximo total a conceder será de 20.000 euros por línea.
— El importe máximo a conceder, sumados los importes concedidos en todas las líneas en las que se solicite ayuda, será de 30.000 euros por empresa y convocatoria.
Habrá que tener en cuenta además que:
1. Las ayudas tienen la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación, sujeta al cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos, actividades y condiciones establecidas en este artículo y en el Capítulo II.
2. Son compatibles con cualesquiera otras ayudas otorgadas por organismos públicos y privados para la misma finalidad.
3. La alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, será causa de reintegro, total o parcial.
4. Las actividades y gastos subvencionables se corresponderán con el ejercicio en el que se convoquen las subvenciones, salvo que en la convocatoria se indique otra cosa.
6. No se admite el pago anticipado a los beneficiarios de la subvención concedida.
REQUISITOS, PLAZOS Y DOCUMENTACIÓN
- La subvención se otorgará por concurrencia competitiva.
- El plazo se abrió el 19 de junio de 2026 y, tras la ampliación aprobada por Acuerdo de 29 de julio de 2026 del Consejo de Gobierno, se cierra el 15 de octubre de 2026.
- La documentación a presentar será:
- Documentación personal de la persona física y/o empresa (NIF, CIF, escrituras….)
- Certificado de estar al corriente de pago con las distintas administrciones.
- Declaraciones responsables.
- TC´s que justifiquen el número de personas trabajadoras.
- Presupuestos o proformas de los proveedores que justifiquen los gastos para los que se solicita la subvención. O si ya está realizado el trabajo la factura final.
- Documentación técnica solicitada en cada una de la Líneas disponibles de la Subvención.
- Informe aclaratorio por cada gasto solicitado, que relacione el concepto del presupuesto o factura con el objeto de la subvención. Sin este informe, ese gasto se considera no subvencionable.
- NO serán subvencionables:
a)La adquisición, adaptación o renovación de equipos de protección individual.
b) Los impuestos, tasas o precios públicos que graven la adquisición, instalación o
eliminación de los bienes y equipos.
c) La adquisición de equipos informáticos, así como software excepto los destinados a
los sistemas de protección que forman parte de las líneas de ayuda subvencionables.
d) Todos aquellos accesorios que no sean parte integrante de la maquinaria.
5. La presentación se realizará por medios telemáticos (con certificado digital) y en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid. (acceder)
Si necesitas ayuda con esta solicitud nuestro equipo de asesores laborales puede ayudarte con la tramitación.

Alberto Puyuelo
Responsable Dpto. Laboral - ICam 97.626






