Montar un negocio y sostenerlo mes a mes ya es bastante trabajo. Estar además pendiente de cada convocatoria de ayudas que se publica, con sus plazos cortos y su letra pequeña, es lo que muchas veces hace que un autónomo se quede fuera de una subvención a la que tenía todo el derecho.

Por eso vamos al grano. El Ayuntamiento de Madrid ha abierto una convocatoria con dos millones de euros repartidos en tres líneas de ayudas para autónomos de la ciudad. Y el calendario aprieta: el plazo se cierra el 23 de julio de 2026.

Si tienes tu actividad en Madrid capital, dedica cinco minutos a leer esto. Puede que te corresponda una ayuda de hasta 10.000 euros y ni lo sepas.

 

A QUÉ AYUDAS PUEDES OPTAR EN ESTA CONVOCATORIA

Son subvenciones directas del Ayuntamiento de Madrid dirigidas a personas dadas de alta en el RETA (el régimen de autónomos de la Seguridad Social) que desarrollan su actividad en el término municipal de Madrid. La tramitación se hace de forma telemática, con la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid como entidad colaboradora.

La convocatoria se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el 3 de julio de 2026, y el plazo de presentación es de 20 días naturales: del 4 al 23 de julio de 2026, ambos inclusive.

Hay tres líneas, cada una pensada para un momento distinto de la vida de un negocio. Vamos con las tres.

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Línea 1 — Relevo generacional: hasta 10.000 €

Es la ayuda más cuantiosa y la que más historia protege. Está pensada para quien ha cogido el testigo de un negocio que ya funcionaba cuando su titular anterior dejó la actividad.

En qué consiste, en concreto:

    • Se dirige a quien haya asumido en 2025 el traspaso de un negocio abierto y en funcionamiento.
    • El titular anterior debía estar dado de alta en el RETA y haber cesado por jubilación, incapacidad permanente total o absoluta, gran invalidez o fallecimiento.
    • El nuevo titular debe estar dado de alta como autónomo y mantener la misma actividad en el mismo local.
    • La cuantía llega hasta 10.000 euros por beneficiario.

Como novedad de esta edición, la línea se amplía a negocios cuya titularidad corresponda a comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil o sociedades unipersonales de persona física, siempre que la actividad continúe en el mismo establecimiento. Un cambio importante para tantos negocios familiares donde el traspaso no siempre se formaliza a nombre de una sola persona.

El objetivo de fondo es claro: evitar que un negocio viable eche el cierre solo porque quien lo llevaba se jubila o falta.

Línea 2 — Creación de empleo: hasta 5.000 €

Si el año pasado tu negocio creció y esa mejora se tradujo en contratar a alguien de forma estable, esta línea reconoce ese esfuerzo.

Los puntos clave:

    • Hay que haber creado empleo neto en 2025 respecto a 2024.
    • Debe existir al menos un contrato indefinido firmado en 2025 que siga vigente, como mínimo, en enero de 2026.
    • La creación neta se comprueba comparando la plantilla media de 2025 con la de 2024, y la diferencia debe ser igual o superior a 0,3.
    • La cuantía máxima es de 5.000 euros cuando la diferencia entre plantillas medias es de una unidad o superior. Si es menor, el importe se calcula de forma proporcional a esa diferencia.

Es la línea que premia al autónomo que da un paso adelante y genera empleo estable, que suele ser el más difícil de sostener.

Línea 3 — Nuevas altas en el RETA: 2.500 €

La gran novedad de esta convocatoria. Por primera vez, el Ayuntamiento separa en una línea propia el apoyo a quien acaba de dar el paso y se ha hecho autónomo.

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    • Haberse dado de alta en el RETA durante 2025.
    • El alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) debe ser también de 2025 o, como máximo, de enero de 2026.
    • No haber estado dado de alta en el RETA en los cinco años anteriores a la fecha del decreto que aprueba estas bases.
    • La cuantía es de 2.500 euros por beneficiario.

Está pensada para incentivar a quien emprende por primera vez o vuelve al autoempleo tras un largo periodo por cuenta ajena. Un empujón en el momento en que más se agradece: al principio.

REQUISITOS

Sea cual sea tu línea, hay condiciones que se aplican a todas y conviene tener resueltas antes de solicitar:

    • Tener el domicilio fiscal o el local de actividad en el término municipal de Madrid.
    • Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Madrid.
    • Cumplir con la Ley General de Subvenciones.
    • No tener pendientes reintegros o justificaciones de subvenciones municipales anteriores.
    • Exclusiones:

      No podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas afiliadas al RETA en calidad de familiares colaboradores del titular de la explotación, de familiares de socios o de miembros de órganos administradores de sociedades mercantiles.

Además dependiendo de la línea de la que se trate:

 

    • Línea 1 (relevo generacional, hasta 10.000 €): traspaso en 2025, causa del cese del titular anterior, mantener actividad y local, apertura a comunidades de bienes/sociedades civiles/unipersonales.
    • Línea 2 (creación de empleo, hasta 5.000 €): alta RETA e IAE desde 2024 o antes, empleo neto 2025 vs 2024 con contrato indefinido vigente en enero 2026, diferencia de plantillas ≥ 0,3, y el tope de que las subvenciones no superen el salario bruto pagado.
    • Línea 3 (nuevas altas, 2.500 €): alta RETA en 2025, alta IAE en 2025 o enero 2026, sin alta previa en los cinco años anteriores. Ojo que en este caso se priorizarán las nuevas altas cuando la actividad se desarrolle en un local. Y de seguir existiendo crédito tras las concesiones anteriores, las nuevas altas cuando la actividad no necesite de local para su ejercicio.

CÓMO SE SOLICITA

Todo el proceso es telemático, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid y la plataforma de la Cámara de Comercio. Necesitarás certificado digital o sistema Cl@ve.

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El orden de concesión no es aleatorio: se atienden primero las solicitudes de la Línea 1 (relevo generacional). Y como en toda subvención de concesión directa, el crédito es limitado: cuando se agota, se acabó. Por eso presentar la documentación completa y sin errores, cuanto antes, marca la diferencia.

El plazo se cierra el 23 de julio de 2026. Quien presente la documentación incorrecta o fuera de plazo se queda fuera, por mucho que cumpliera todos los requisitos. Es la parte más frustrante de estas convocatorias: no perder la ayuda por no tenerla, sino por un papel mal presentado. (Solicitar en sede electrónica Madrid)

Si tienes tu actividad en Madrid y crees que encajas en alguna de las tres líneas, no lo dejes para el último día. Revisa qué documentación te piden, comprueba que estás al corriente de tus obligaciones y reúne los justificantes con tiempo. 

Si prefieres que lo hagamos por tí nuestros asesores estarán encantados de atenderte: contacto.

Inmaculada Pajuelo

Inmaculada Pajuelo

Responsable Dpto. Laboral - nº 79.255 ICam

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