Nuevas ayudas para las empresas que tengan un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid y sean del sector industria. La dotación de fondos para estas ayudas es de 400.000.-€, te contamos los detalles y los plazos.
La ayuda dependerá del nº de trabajadores:
PARA EMPRESAS INDUSTRIALES DE MENOS DE 50 TRABAJADORES
• Los beneficiarios serán sociedades mercantiles, deberán de disponer de al menos un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid, y haber tenido una plantilla media de entre 1 y 49 asalariados.
• Que desarrollen su actividad económica en las actividades:
o Extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados.
o Industria química.
o Industrias transformadoras de los metales. Mecánica de precisión.
o Otras industrias manufactureras
• El plazo se abre el 9/04/2025 y hasta el 12/05/2025
• La ayuda máxima será de 300.000.-€, siendo este importe el 75% máximo del gasto subvencionable.
• Gastos subvencionables: Maquinaria, hardware, software, terrenos y locales industriales.
• Ejecución de las inversiones: Se deben de haber realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
• Presupuesto mínimo: 50.000€, la suma del importe de los gastos subvencionables debe de haber supuesto una cantidad mínima conjunta de 50.000 euros, y siempre que cada una de las inversiones individualmente consideradas tenga base imponible igual o superior a 1.000 euros.
• Boe
PARA EMPRESAS INDUSTRIALES DE Más DE 50 TRABAJADORES
• Sociedades mercantiles, con al menos un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid que hayan tenido una plantilla media en 2024 de entre 50 y 1.000 asalariados.
• Actividad económica:
o Extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados.
o Industria química.
o Industrias transformadoras de los metales. Mecánica de precisión.
o Otras industrias manufactureras
• Qué gastos o acciones cubre:
o Adquisición de terrenos para la construcción de naves industriales para uso propio.
o Adquisición de locales y naves industriales para uso propio.
o Adquisición de maquinaria y equipamiento productivo.
o Adquisición de hardware y software informático para el desarrollo de los procesos de negocio.
• Plazo de presentación desde el 09/04/2025 a 12/05/2025.
- Ejecución de las inversiones: Se deben de haber realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
• La ayuda máxima será del 60% de los gastos subvencionables, cuando la inversión se realice en centros de trabajo situados en municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes, podrá ascender al 75%, según las cifras de población del Instituto Nacional de Estadística resultantes de la última revisión del Padrón Municipal en el momento en que se presente la solicitud de la ayuda. El importe máximo será de 300.000 euros. Se exige un presupuesto mínimo de 75.000 euros.
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Si necesitas ayuda y quieres que lo hagamos por tí escríbenos y uno de nuestros asesores en gestión de ayudas se pondrá en contacto contigo para realizar los trámites necesarios.

Cristina Pérez
Responsable Márketing





